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Determinación de la cuantía del proceso y el acceso al recurso de suplicación.

El Tribunal Supremo, en sentencia de 25 de septiembre de 2018 (rec. 3666/2016)), resuelve la disputa procesal planteada y relativa al momento en que ha de constatarse la cuantía del proceso para determinar si se tiene o no acceso al recurso de suplicación. Así, indica el Alto Tribunal que la cuantía que debe valorarse para determinar si la resolución judicial es susceptible de recurso, no es la cuantía objeto de condena en el fallo de la Sentencia, sino aquella constitutiva del objeto de la litis, y que dicha cuantía será la que finalmente se reclame en el trámite de conclusiones del procedimiento, pues es en este momento donde definitivamente se materializa la acción concretándose de manera irrevocable la cuantía litigiosa.

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